Tribunal_Constitucional

El Tribunal Constitucional ha avalado el Real Decreto que protege a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión, aprobado en marzo de 2013, al entender que la norma era “extraordinaria y urgente”. Así, desestima el recurso presentado por el PSOE.

El PSOE recurrió el primer artículo del decreto ley, que incluye la creación de una comisión que analizaría las razones que llevaron a miles de preferentistas a formular reclamaciones contra las entidades financieras, informa Europa Press. Según el recurso, este artículo no cumplía el requisito de “extraordinaria y urgente necesidad” necesario para que el Gobierno promulgue un decreto ley.

SITUACIÓN DE URGENCIA

En casos como este, el Tribunal Constitucional debe limitarse a llevar a cabo un “control externo” y ceñirse a verificar que la justificación del uso del decreto ley en vez de otro tipo de normas sea razonable. Así, entiende que este aspecto “constituye un juicio político que corresponde efectuar al Gobierno y al Congreso” y se limita a comprobar que la definición de la situación extraordinaria sea “explícita y razonada”.

Según el tribunal, la "necesidad justificadora de los decretos leyes" no sólo debe entenderse respecto de situaciones que supongan "un peligro grave para el sistema constitucional o para el orden público", sino "con mayor amplitud como necesidad relativa respecto de situaciones concretas (...) que requieren una acción normativa inmediata (...)".

A través de este decreto, la situación de urgencia que se pretende resolver es la de los inversores minoristas en situación de especial vulnerabilidad que “han sufrido las consecuencias negativas derivadas de una incorrecta comercialización de las preferentes”. Como consecuencia de ello, estos inversores “se han visto abocados a soportar especiales dificultades económicas para recuperar su inversión”.

Lee además:

El Ibex pierde un 0,47%: la cautela sobre Grecia lastra al selectivo, y Wall Street le deja sin referencias

contador