11/09/17

Manejo de vida silvestre en Costa Rica ya tiene regulación

perezoso-costa-rica-minae
Crédito de la imagen: MINAE

De un vistazo

  • Nueva norma en Costa Rica pone en regla la cacería de animales silvestres, su conservación y gestión.
  • El documento es fruto del trabajo conjunto de centros académicos e instituciones especializadas.
  • Expertos opinan que el reglamento sienta un precedente en la región

Enviar a un amigo

Los detalles proporcionados en esta página no serán usados para enviar correo electrónico no solicitado y no se venderán a terceros. Ver política de privacidad.

[SAN JOSÉ] Luego de cinco años de haber modificado la Ley de Conservación de Vida Silvestre (LCVS), Costa Rica decretó un nuevo reglamento que pone en regla la cacería de animales silvestres, su conservación y gestión.

El reglamento, firmado el 3 de agosto por el presidente Luis Guillermo Solís y el ministro de Ambiente y Energía Edgar Gutiérrez obedece a la significativa reforma de la LCVS, ocurrida en 2012 mediante un proyecto de ley de iniciativa popular para integrar cambios en la visión y el paradigma del país en materia de vida silvestre.

“En América Latina, la Ley y el reglamento que se presenta ahora (en Costa Rica) son un precedente para que otros países sigan el ejemplo”.

Laura Porras, investigadora del Instituto Internacional de Vida Silvestre de la Universidad Nacional (Costa Rica).

Pese a ello, desde entonces se siguió empleando el reglamento emitido en 2005, con lo cual la ley reformada no podía aplicarse.

Pero ahora, la nueva norma se presenta con un alto grado de contenido científico y técnico, pues es fruto del trabajo conjunto de centros académicos e instituciones especializadas.

“Desde 2013 hubo 64 actividades de construcción con todo los sectores; participaron más de 600 personas y 91 instituciones. Las discusiones han sido amplias, e incluso se hizo una consulta pública en noviembre de 2016, para la cual se recibieron 45 documentos”, explicó Natalia Batista, asesora de la viceministra de Ambiente, Patricia Madrigal.

En cuanto al contenido, sobre la fauna silvestre —que la LCVS declara bien de dominio público— el reglamento menciona cómo debe ser la cacería por subsistencia y de control, al tiempo que define cómo llevar a cabo las guías para la convivencia de la fauna silvestre con actividades humanas.

Asimismo, explica cómo debe ser el uso de la fauna silvestre, su exhibición, la reinserción, reproducción y reintroducción de especies, todas cuestiones que deben ser cumplidas en zoológicos, centros de rescate, zoocriaderos y acuarios, según corresponda.

Por otra parte, el reglamento menciona qué tipo de manejo se debe dar a la flora silvestre in y ex situ (dentro y fuera de sus hábitat y ecosistemas naturales); cómo se abordarán las importaciones y exportaciones de vida silvestre; cuál será el papel del regente ambiental en los sitios de conservación y cómo se deberá proceder con las investigaciones científicas.

Este documento también aporta la creación del Sistema Nacional de Información sobre Vida Silvestre, una plataforma virtual pública que informará cuáles son los sitios de manejo de vida silvestre, el registro de los cazadores de control de especies, las licencias para este tipo de cacería y pesca, y otros tipos de permisos.

Según Batista, este portal podría estar en funcionamiento a partir del primer trimestre de 2018, porque ya está en proceso de construcción.

“En América Latina, la Ley y el reglamento que se presenta ahora son un precedente para que otros países sigan el ejemplo. Esto indica que Costa Rica está consciente de la importancia de su biodiversidad”, opinó Laura Porras, investigadora del Instituto Internacional de Vida Silvestre de la Universidad Nacional (Costa Rica).

Gino Biamonte, presidente de la ONG Apreflofas, una de las principales impulsoras de la reforma por iniciativa popular de la LCVS, explicó que cuando se realizó la reforma se consiguieron 177.000 firmas.

Esto, agregó, también marcó una prioridad de la sociedad en el tema de la conservación del ambiente, que se reafirmó con la participación de múltiples sectores en la formulación de este reglamento.

Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (páginas 32 a 117), Costa Rica.